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Liberty seguro de hogar  (English)

 

3 - Coberturas

 

A.13. Responsabilidad civil

 

A.13.3 Responsabilidad civil patronal

 

A los efectos de esta garantía, tendrán la consideración de terceros, cualquier empleado doméstico o cualquier otra persona al servicio del asegurado, incluida en nómina y dada de alta en el seguro de accidentes de trabajo, siempre que el accidente se ocasione durante el normal desarrollo de los trabajos domésticos encomendados.

 

Alcance de la cobertura

 

Derogando cualquier disposición en contrario, el asegurador garantiza la responsabilidad civil en la que pudiera incurrir el asegurado de conformidad con la normativa vigente, por los daños personales sufridos por los trabajadores con ocasión de la realización de su trabajo.

 

Suma asegurada: El límite máximo de indemnización por siniestro se establece en 60.100 euros

 

NO QUEDAN CUBIERTAS:

Las reclamaciones derivadas de:

a. Hechos que no sean calificados como accidente de trabajo o que estén excluidos de la cobertura del seguro de accidentes de trabajo.

b. Trabajadores que no figuren dados de alta en el seguro obligatorio de accidentes de trabajo.

c. Incumplimiento de las obligaciones de tipo laboral y de previsión social, ya sean éstas contractuales o legales, que sean competencia de la jurisdicción social.

d. Indemnizaciones por accidentes derivados de hechos relacionados con el uso y circulación de vehículos, aeronaves o embarcaciones.

e. Indemnizaciones por accidentes que sufran los trabajadores con ocasión de sus desplazamientos entre el centro de trabajo y su domicilio, así como aquéllos que realicen por motivos laborales.

f. Indemnizaciones y gastos de asistencia por enfermedad profesional o por aquellas otras enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, así como el infarto de miocardio, trombosis, hemorragia cerebral y enfermedades de similar etiología.

g. Multas y sanciones impuestas al asegurado, así como los recargos en las prestaciones establecidos en la legislación vigente con carácter punitivo.

h. Daños materiales ocasionados a bienes propiedad de los trabajadores del asegurado.

i. Responsabilidades derivadas de conductas calificadas como infracciones muy graves por la inspección de trabajo, así como el incumplimiento doloso o reiterado de la normativa en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

j. Responsabilidades imputables a contratistas y subcontratistas que no tengan la consideración de asegurados por la póliza.

 

 

A.14. Asistencia hogar

 

B. Garantías optativas

 

 

 

 

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