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Garantías optativas responsabilidad civil:
Responsabilidad civil locativa (no contratada)
Opciones:
...
Responsabilidad civil locativa
En derogación de la exclusión h) de la garantía B.7.1 de
responsabilidad civil de explotación de las condiciones generales de
la póliza, queda garantizado hasta el límite máximo establecido en
las condiciones particulares los daños materiales causados a
inmuebles y/o sus instalaciones, alquilados o arrendados por el
asegurado, para el desarrollo de la actividad asegurada a
consecuencia de incendio, explosión, humo, vapores y agua.
En ningún caso este sublímite supone ampliación de la suma asegurada
por la garantía de responsabilidad civil de explotación.
Quedan expresamente excluidas de esta cobertura las reclamaciones
derivadas de:
a. Los daños a las partes o elementos de los bienes inmuebles
alquilados sobre los que el asegurado estuviese ejecutando algún
trabajo.
b. Desgaste, deterioro o mal uso de las instalaciones, edificios
o locales.
c. Daños a las instalaciones de calefacción, agua, gas,
electricidad, sanitarias, maquinaria, mobiliario y cristales.
d. La responsabilidad civil del propietario de los inmuebles e
instalaciones.
Commercial premises insurance / seguro de comercio